La Corte de Apelaciones de Talca rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas de los condenados por el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó.  No hay que olvidar que, si bien la Fiscalía había pedido 12 años de cárcel y la parte querellante 20 para los cuatro implicados por este homicidio simple, registrado el 24 de abril del año pasado en la Villa Primavera de Lontué, finalmente se determinó penas de siete años para tres de los imputados y nueve para un cuarto hombre.

La instancia judicial curicana bajó el rango debido a que habían atenuantes que favorecían a los agresores de Marco Jonathan González Altamirano, de 36 años, quien fue brutalmente golpeado por cinco sujetos (uno fue absuelto por falta de pruebas) al salir en defensa de su cuñado, quien había discutido con los agresores.

ARGUMENTACIÓN

La Corte de Apelaciones de Talca mantuvo a firme el fallo de primera instancia porque “lo esencial en estos delitos es la participación de los sujetos tanto activos como pasivos en una riña, esto es un   enfrentamiento  tumultuario  entre  tres  o  más  personas  que  se  atacan  recíprocamente, donde,  por  tanto,  reina  la  confusión  y  no  resulta  posible  determinar con  exactitud  quién  y  qué   clases de golpes da o recibe”.

Además se agregó que en efecto hubo “una  actuación  común,  que  es  la  expresión  de  una  intención  única  – dar muerte  a  la  víctima-,  y  que  dice  estricta  relación  con   saber  y  querer  la ejecución  del  tipo  penal,  llevando  a  cabo  los  actos  necesarios  para  ello,  única  forma  de  analizar  y  acreditar  el  dolo  con  el  que  actuaron  en  la agresión  contra  la  persona  del  occiso”.



 
Subir