La Corte de Apelaciones de Talca rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas de los condenados por el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó. No hay que olvidar que, si bien la Fiscalía había pedido 12 años de cárcel y la parte querellante 20 para los cuatro implicados por este homicidio simple, registrado el 24 de abril del año pasado en la Villa Primavera de Lontué, finalmente se determinó penas de siete años para tres de los imputados y nueve para un cuarto hombre.
La instancia judicial curicana bajó el rango debido
a que habían atenuantes que favorecían a los agresores de Marco Jonathan
González Altamirano, de 36 años, quien fue brutalmente golpeado por cinco
sujetos (uno fue absuelto por falta de pruebas) al salir en defensa de su
cuñado, quien había discutido con los agresores.
ARGUMENTACIÓN
La Corte de Apelaciones de Talca mantuvo a firme el
fallo de primera instancia porque “lo esencial en estos delitos es la
participación de los sujetos tanto activos como pasivos en una riña, esto es un enfrentamiento
tumultuario entre tres o más
personas que se
atacan recíprocamente,
donde, por tanto,
reina la confusión
y no resulta
posible determinar con exactitud
quién y qué
clases de golpes da o recibe”.
Además se agregó que en efecto hubo “una actuación
común, que es la expresión
de una intención
única – dar muerte a
la víctima-, y que dice
estricta relación con saber y
querer la ejecución del
tipo penal, llevando
a cabo los
actos necesarios para
ello, única forma
de analizar y
acreditar el dolo
con el que
actuaron en la agresión
contra la persona
del occiso”.