Un recurso de protección interpuso ante la Corte de Apelaciones de Talca el afectado en contra del Banco de Chile, alegando que se estaría vulnerando algunas garantías constitucionales y utilizando información indebida.
Según consta en el escrito, en agosto pasado el recurrente dueño y
representante legal de unas farmacias independientes concurrió a las oficinas
de la entidad bancaria en la capital regional a solicitar un crédito para poder
abrir otras sucursales en la zona.
Como cualquier ciudadano solicitó qué requisitos necesitaba, donde se le
indicó que estaba todo bien, salvo una deuda como persona natural de 121 mil
500 pesos de un crédito de consumo de su época como estudiante universitario de
hace dos décadas de la Universidad de Talca con el mismo banco.
El afectado sostuvo que la respuesta que recibió fue que si pagaba “dicha
deuda que figura en el sistema –que, por cierto, desconocía-, me podrían
bancarizar nuevamente y así gestionar el crédito para mi farmacia y que se me
podría otorgar uno por una suma cercana a los cien millones de pesos”.
Mala gestión
El recurrente puntualizó que le pidió a su secretaria que hiciera el pago,
el cual se concretó en septiembre y en octubre se contactó con un ejecutivo
para saber qué pasada con el crédito solicitado y la respuesta que recibió por
WhatSapp lo descolocó. “Le comento que nos fue mal, no pudo ser devuelto a
línea comercial, desafortunadamente no los podré ayudar, con el financiamiento
solicitado, ni tampoco ser clientes con el Bch…”. Frente a la pregunta de mi
secretaria si se podrá más adelante o nunca, le responde: “…yo creo q nunca
existe una restricción interna que no me informan, que mantiene bloqueado al
cliente y no me permite hacerlo cliente…por información de la sociedad comercial
no hay problemas…”.
Fundamentación
En el recurso de protección se alega que “dicha deuda bajo todo nuestro
ordenamiento jurídico, en el mejor de los casos se encuentra prescrita, por lo
que el actuar de la recurrida, es sin duda, vulneratorio, discriminatorio y
arbitrario, aprovechándose de información que no es legal”.
El abogado recurrente, Marcelo Barrios Orellana, indicó que “lo que se
cuestiona no es el hecho de que no se otorgue un crédito, sino que los
antecedentes en que ello se funda la decisión de la recurrida, toda vez, que no
se ajusta a ninguna normativa, lo que se torna arbitrario, improcedente e
ilegal y produce consecuencias patrimoniales al solicitante”.
El profesional dijo que, además, el Banco de Chile hace uso de información
de hace más de veinte años, lo cual está prohibido por la ley N°19.628, sobre protección de la vida privada.
“Lo lamentable de
dicha situación, es que los bancos comúnmente utilizan información que la ley
les prohíbe en forma expresa y, con ello, perjudican a muchas personas que si
bien es cierto tuvieron algún inconveniente financiero en alguna oportunidad en
el pasado, dichas situaciones ya han sido solucionadas o se encuentran
prescritas, porque han pasado muchos años, o ni siquiera figuran en el sistema,
como ocurre en este caso, lo que se torna perjudicial y termina siendo una
sanción eterna”, sentenció.
Abogado recurrente